¿Qué dice el recibo de sueldo?
En este informe conocerás los detalles de los recibos de sueldos: qué deben contener obligatoriamente y qué significa cada concepto.
En los recibos de sueldo, nos encontramos con los siguientes datos:
• Datos del empleador (nombre completo o razón social, domicilio y CUIT)
• Datos del trabajador (nombre y apellido, calificación profesional, CUIL, fecha de ingreso y tareas desarrolladas o categoría de trabajo)
• Detalle de la remuneración
Total bruto de la remuneración básica o fija que pactó con el empleador.
Salario básico de convenio: Es el salario mínimo que percibe un trabajador sin antigüedad que cumple una jornada normal de trabajo, según lo establece el convenio colectivo de trabajo, durante el mes considerado, sin contemplar los adicionales, para la categoría seleccionada.
Salario Base: Sueldo mensual en efectivo (antes de los descuentos de ley). Si lo multiplicamos por 13 tendremos el dato anual incluido el aguinaldo. Hay que incluir cualquier remuneración fija.
Aguinaldo / Sueldo Anual Complementario: Corresponde a una doceava parte “de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto durante el semestre calendario”. Se abona el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año o en el momento en que se produce la extensión del contrato. Constituye un salario diferido en su pago; no se lo hace por semana, quincena o mes, sino cada seis meses.
Antigüedad: es el monto adicional que se le paga al empleado por cada año de antigüedad en la compañía. Puede ser una suma fija mensual o porcentual, y se informa en el convenio colectivo de trabajo.
• Total de remuneraciones variables producidas en el período de liquidación (comisiones, horas extras, premios, gratificaciones habituales, adicionales por desempeño).
Viáticos: Es el gasto que causa al empleado el desempeño de sus tareas fuera del lugar de la sede del empleador o establecimiento al que está vinculado. La movilización, el transporte y el hospedaje tienen que ser solventados por el empleador. Si el pago del viático se hace se hace mediante rendición de cuentas “acreditadas por medio de comprobantes” constituye un reintegro de los gastos; de lo contrario, integra el salario.
Bonos/ Premios /Comisiones: son incentivos por objetivos acordados con la empresa.
Horas extras: se pagan si el trabajador presta servicios en horas suplementarias. En días comunes se paga un 50% adicional sobre el salario habitual; y los sábados después de las 13 hs, domingos y feriados, un 100%.
• Importes de las retenciones del impuesto a las ganancias (para aquellas remuneraciones alcanzadas).
• Aportes Obligatorios: es el descuento que se realiza por ley del sueldo o aporte independiente de todo aquel trabajador afiliado al SIJP. El empleado en relación de dependencia deberá aportar obligatoriamente el 17% de su salario al Sistema Previsional. Los porcentajes se calculan sobre el sueldo bruto que percibe el empleado. El empleador es el responsable de retener e ingresar el aporte obligatorio que debe realizar el empleado. A continuación transcribimos la tabla de aportes y contribuciones de la AFIP:
- Jubilación: 11%
- Obra Social Jubilados (INSSJP – PAMI): 3%
- Obra Social: 3%
• Detalle de remuneraciones que no están sujetas a cálculos de aportes y contribuciones. Ejemplo: asignaciones familiares, indemnizaciones y vales.
Asignaciones: Le corresponde al trabajador cobrar las siguientes asignaciones que serán liquidadas de acuerdo a los parámetros de ingresos y al tipo de asignación, fijadas por el Estado (generamente el trámite lo realiza el trabajador):
• por hijo.
• por hijo con discapacidad.
• prenatal.
• por ayuda escolar para la educación básica y polimodal.
• por maternidad.
• por nacimiento.
• por adopción.
• por matrimonio.
• Importes de las retenciones para el pago de la cuota del sindicato.
• Otros descuentos legales que correspondan.
• Importe neto percibido, expresado en letras y números.
• El empleador deberá indicar la fecha en que se efectuó el último depósito de aportes y contribuciones en el período inmediatamente anterior, detallando el período que corresponde a tal depósito y en qué banco se efectuó.
Fuente: InfoSalarial / Ministerio de Trabajo.